132 reos se fugaron de un Centro
de Readaptación Social (Cereso) del municipio de Piedras Negras, en el estado
de Coahuila, confirmó este lunes el procurador de justicia estatal, Homero
Ramos.
El presidente Felipe
Calderón dijo esta mañana que es deplorable la fuga de 129 reos del Centro de
Reinserción Social (Cereso) de la ciudad de Piedras Negras, en Coahuila.
El presidente de la
Comisión Nacional de los Derechos Humanos, Raúl Plascencia Villanueva, llamó a
las autoridades federales y estatales a reforzar la seguridad en los penales y
reconoció que la fuga de reos del penal de Piedras Negras es una muestra de la
grave situación en que se encuentra el sistema penitenciario del país.
Estas son declaraciones de las
autoridades actuales, ahora citare algunas que ya tienen bastantes años y que
se refieren al sistema penitenciario mexicano:
Prisciliano Sánchez (1825), al
referirse a las cárceles, veía la necesidad de edificar cárceles seguras y
sanas,
que sirviera como correctivos del daño ocasionado, pero como higiene
para la salud futura.
Mariano Otero (1842), tuvo entre
muchos atributos una visión penitenciaria, siendo el primero de su época en
citar la necesidad de un sistema carcelario, con libertad anticipada y
conformar una asociación que protegiera al liberado.
Como reglamento carcelario de
vanguardia, el penitenciarismo cita el promulgado por Ramón Corona, en 1887, al
contemplar la organización interna, la selección del personal, el trabajo
rehabilitador, el estudio del carácter de los internos, el funcionamiento de
una junta de vigilancia, el mantenimiento a las instalaciones, la educación y
preservación de la salud de los prisioneros, la identificación de los internos,
la separación de procesados y sentenciados, de los hombres de las mujeres y la
rehabilitación del interno por medio de la moral, la ley y el trabajo, con la
posibilidad de suavizar las penas.
El auge del penitenciarismo en
México se da a finales del porfiriato, que dan como resultado las Leyes de
Ejecuciones de 1947 en Veracruz, las de Sonora, Zacatecas y la Ley Orgánica de la
Penitenciaría Central del Estado de Jalisco, promulgada el 21 de marzo de 1954,
que en conjunto con la Ley de Ejecuciones, sentaron las bases para reglamentar
el penitenciarismo en nuestro País, de estos cuerpos de leyes se tomaron
algunos principios para conformar las Reglas Mínimas de la ONU.
No obstante lo anterior la
técnica penitenciaria no se encontraba en las cárceles Mexicanas, pero la
delincuencia seguía con su evolución de tal suerte que hizo sentir su
predominio en las cárceles, donde reinaba la ley del más fuerte, mediante el
autogobierno, que se sostenía con el gansterismo evolutivo, el mando y el
sistema eran la realidad brutal de los propios presos, pero jamás de la
autoridad.
En 1971 el gobierno federal
buscando un cambio del penitenciarismo empírico; auspicio la promulgación de
las Normas Mínimas sobre Readaptación Social de Sentenciados, impulso la
selección y capitación del personal existente, participo junto con los estados
para la construcción de centros de tratamiento (CERESOS), formo el Instituto de
Ciencias Penales, todo ello plausible desde el punto de vista teórico, pero con
poca penetración práctica, esto es, un camino de buenas intenciones.
Durante el mandato del Presidente
Miguel Alemán, los gobernadores le muestran su preocupación por las cárceles, a
efecto de aumentar las posibilidades de readaptar a los delincuentes por medio
del trabajo y la educación, como respuesta surge la convocatoria para el
Congreso Nacional Penitenciario, celebrado en el Distrito Federal, del 26 de
octubre al 1 de noviembre de a1952, en donde se tocaron como temas; la
resocialización del delincuente, la arquitectura penitenciaria y la
problemática de los reos liberados, como ponencias se presentaron el método de
clasificación como resultado de los estudios practicados a su ingreso y la
capacitación de los funcionarios
El 1 de octubre de 1964, el
Presidente López Mateos envío a la Cámara de Diputados la iniciativa de reforma
del Artículo 18 constitucional, debido al incumplimiento en muchos estados del
propio artículo, ya sea por razones económicas o por indiferencia, pero si
quedo claro la necesidad de tener de forma sistemática trabajo en los
reclusorios; el 3 de noviembre de 1964, se aprobó el siguiente texto: Los
Gobiernos de la Federación y de los Estados organizaran el sistema penal, en
sus respectivas jurisdicciones, sobre la base del trabajo, la capacitación para
el mismo y la educación como medios para la readaptación social del
delincuente. Las mujeres compurgaran sus penas en lugares separados, de los
destinados a los hombres para tal efecto
Por fin la capacitación para el
trabajo y la educación, medios indispensables para el tratamiento y la
readaptación de los internos, son ordenamientos constitucionales.
Durante la gestión del presidente
Díaz Ordaz, quien completa el proceso de reforma constitucional del Articulo
18, mismo que fue aprobado el 15 de diciembre de 1964 y publicado el 23 de
febrero de 1965, mando realizar en toda la república un estudio para conocer el
estado que guardaban las cárceles, el resultado; los presos estaban en
edificios no apropiados y con sobrepoblación, en un solo edificio se albergaban
procesados y sentenciados, hombres, mujeres y menores de edad, separados,
también encontraron que no existían talleres y en las pocas cárceles que
contaban con ellos, estos eran insuficientes para darle trabajo a los presos.
"La sociedad tiene 47 años
olvidando a los presos, porque son nuestros 'engendros', nuestros hijos
olvidados", dijo José Luis Musi, especialista en asuntos penitenciarios (4
de marzo 2012, CNN).
De los 230,943 reos que tiene el
sistema penitenciario en todo el país, 47,816 son del fuero federal y 38%
de éstos se encuentran en prisiones federales. El resto convive en
centros de reclusión estatales, de acuerdo con la Secretaría de Seguridad
Pública federal (SSP), (4 de marzo 2012, CNN).
La fuga de al menos 132 reos del penal de Piedras Negras, Coahuila, en
el norte de México, se agrega a una larga lista de escapes de prisión en
lo que va del mandato del presidente Felipe Calderón, que comenzó en diciembre
de 2006. La fuga de la cárcel de Piedras Negras es la segunda más grande del
sexenio. La mayoría de los episodios de este tipo ha ocurrido en Tamaulipas,
también en el norte del país.
El 16 de mayo de 2009, 53 reos se
fugaron del penal de Cieneguillas, en Zacatecas, luego de que hombres armados
ingresaran al penal, presuntamente en complicidad con las autoridades
penitenciarias. Las cámaras de seguridad del penal captaron cuando los
individuos ingresaron al Centro de Readaptación Social (Cereso), abrieron las
celdas y huyeron, sin disparar un solo tiro.
En la ciudad de Reynosa,
Tamaulipas, en el noreste del país, han ocurrido al menos cinco fugas masivas
desde 2009 a la fecha. En octubre de 2009 se fugaron 17 reclusos, en abril de
2010 huyeron 13 presos, en julio del mismo año huyeron otros 12, en septiembre de 2010 se registró la fuga de 85 reos, y en mayo de 2011 se fugaron 17
También en el estado de
Tamaulipas, en la fronteriza ciudad de Nuevo Laredo, 59
reos escaparon en julio de 2011, tras una riña que causó siete
reclusos muertos, según las autoridades estatales. Cinco custodios fueron
reportados como desaparecidos. En esa misma ciudad, en diciembre de 2010
ocurrió la fuga más grande hasta ahora registrada, cuando 151 reos escaparon del penal local. Tras la fuga, el
responsable estatal de los penales fue cesado por las autoridades de
Tamaulipas.
En la ciudad de Matamoros, en el
mismo estado, en
marzo de 2010 se fugaron 41 presos, 38 de ellos acusados por delitos
federales, y tres por delitos del fuero común. Los reos presuntamente salieron
por la puerta principal del penal, ayudados por dos celadores. Las autoridades
estatales anunciaron el cese del director del penal tras el hecho.
En febrero de este año, al menos
30 reos afiliados a Los Zetasescaparon del penal de Apodaca, en
Nuevo León, luego de masacrar a más de 40 rivales del cártel del Golfo, según
autoridades estatales, que creen
que autoridades penitenciarias ayudaron en la fuga. Los directivos del
penal y 18 celadores que estaban en funciones al momento de la fuga fueron
detenidos tras el hecho (Notas de CNN).
Estas cifras y otros lamentables
hechos pudieron evitarse si la autoridad responsable hubiese tenido la
sensibilidad de ver a los CERESOS, como una oportunidad de iniciar una de las
vertientes de la prevención del delito, esto es que las prisiones fuesen
establecimientos que cumplirán a cabalidad con el fin que fueron creados, desarrollando
en ellos las medidas que son del elemental conocimiento de un penitenciarista,
cito algunas como ejemplo:
Iniciemos con la aplicación
literal de los fines de la pena; debe obrar en el
delincuente, creando en él, por el sufrimiento, motivos que le aparten del
delito en lo porvenir y reformarlo para readaptarse a la vida social.
Tratándose de inadaptables, la pena tiene como finalidad la eliminación del sujeto (cadena perpetua en
establecimientos de alta seguridad, sin derecho a ningún beneficio)
Indudablemente él último fin de la pena es la salvaguarda de la sociedad. Para
conseguirlo, debe ser Intimatoria,
para evitar la delincuencia por el temor de su aplicación, Ejemplar, al servir de ejemplo a todos, y no solo al delincuente,
para que todos adviertan la efectividad de la amenaza Estatal. Correctiva, al producir en el penado la
readaptación a la vida normal, mediante los tratamientos curativos y
educacionales adecuados, para impedir la reincidencia. Eliminatoria, ya sea temporal o definitiva según el condenado pueda
readaptarse a la vida social o se trate de sujetos incorregibles. Justa, pues la injusticia acarreara
males mayores a todos los miembros de la colectividad.
Las fugas no
serian posible sin el auxilio interno o externo, y en ocasiones de ambos,
debemos señalar que el éxito de una prisión se mide por su grado de seguridad,
el número de evasiones y motines que registra.
Sobre las medidas
de seguridad del establecimiento es fácil deducir que dentro de las áreas de
población los custodios no portan arma de fuego alguna, para evitar que se las
quiten y sirvan de rehenes.
Uno de los lugares
preferidos para pelearse o aplicar el cobijazo a la víctima son los baños de
los dormitorios.
A continuación
señalaremos las formas mas comunes para lograr las evasiones:
a) escalamiento de murallas,
b) construyendo túneles,
c) vías naturales de
acceso a las instalaciones (aduanas),
d) durante el
traslado a los juzgados o diligencias, e) a través de la “reja de prácticas” de los juzgados.
Jamás debemos de olvidar que la “evasión es una permanente
aspiración del preso, por lo que debemos de coincidir nuevamente en el
pensamiento de SÁNCHEZ GALINDO, quien manifiesta:
“Es aspiración
constante, reiterada e incansable de todo interno, y es natural que así suceda,
el desear la Libertad.
Aquí se presentan
dos posibilidades, una durante el proceso y otra durante el tiempo de
sentencia. Con frecuencia la inquietud es mayor durante el proceso que en la
sentencia, porque es más duro el planteamiento psicológico que produce la incertidumbre
del proceso que la cruda realidad que ofrece la sentencia.
A quienes
mayormente les motiva la idea de fugarse es a los delincuentes que tienen
escasas posibilidades de obtener su libertad, por sus elevadas sentencias,
quienes las organizan cuentan con tres condiciones favorables:
a) la extendida
corrupción entre custodios y directivos,
b) abundantes
recursos económicos destinados a tales fines,
c) una
organización externa que apoya.
Podemos deducir
que los puntos más débiles de la seguridad carcelaria son dos: las aduanas y
las murallas en los Reclusorio. El primero a causa de la corrupción del
personal que labora en las cárceles, y el segundo por la escasa (a veces nula)
vigilancia. Otro punto vulnerable son las diligencias a juzgados o a otros penales.
Con todo lo anterior en lo personal puedo concluir que desde el siglo XIX,
no existe autoridad de ningún nivel de gobierno que considere el sistema
penitenciario como una prioridad en los sistemas de seguridad que implementan,
en consecuencia todo el dinero que se invierte en estos establecimientos no
rinden frutos satisfactorios a la sociedad quien es la que solventa el
sostenimiento de ellos, la gran pregunta es:
¿A la autoridad responsable le
falta capacidad, voluntad o está inmersa en la impunidad que rige actualmente
este sistema?
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